
En una decisión histórica, la Cámara de Diputados ha aprobado por abrumadora mayoría la inclusión de un nuevo artículo en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
Este artículo define como discriminación laboral y educativa cualquier acto u omisión dirigido a mujeres embarazadas, una medida que busca erradicar la injusticia en el ámbito laboral basada en el género.
La diputada Julieta Vences, presidenta de la Comisión de Igualdad de Género, resaltó que en el mundo laboral persiste la penalización hacia las mujeres por su estado civil y número de hijos.
Este dictamen, ahora en manos de los senadores, tiene como objetivo principal establecer que la discriminación por embarazo constituye violencia laboral, vulnerando derechos fundamentales como la igualdad, maternidad, embarazo y lactancia.
La propuesta también insta a las entidades federativas a difundir que la discriminación por embarazo es un delito y exige la provisión de asistencia legal y de salud integral para las mujeres afectadas.
La Secretaría de Trabajo y Previsión Social se compromete a mantener registros detallados de casos, identificando agresores y derechos vulnerados.
Esta medida, adoptada en el marco de los 16 días de activismo contra la violencia de género, representa un avance sustancial hacia la protección de los derechos reproductivos y laborales de las mujeres.
Es un claro mensaje de que la discriminación por embarazo no será tolerada y aquellos que la perpetúen enfrentarán consecuencias legales.