
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha sentado un precedente crucial al determinar que las licencias parentales no deben limitarse solo a casos de cáncer infantil.
En una resolución unánime, la Sala respaldó la propuesta de la ministra Lenia Batres, extendiendo el amparo otorgado a padres de un niño con atrofia muscular espinal tipo I.
Este fallo invalida las restricciones actuales en las leyes del ISSSTE y del Seguro Social, que restringen las licencias a padres de niños con cáncer.
La Corte sostiene que negar estas licencias por enfermedades distintas o más graves al cáncer infringe el principio de igualdad y no discriminación, así como el derecho a la seguridad social.
Se destaca que la limitación previa atentaba contra el interés superior de la niñez.
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En un caso específico, unos padres solicitaron licencias para cuidar a su hijo con atrofia muscular, siendo inicialmente denegadas por no padecer cáncer.
Tras ganar el amparo en primera instancia, la Corte ratifica la protección, desestimando la impugnación de las autoridades de seguridad social.