
El Gobierno de la Ciudad de México, el 4 de abril, anunció la emisión del decreto que modifica la Ley de Turismo del Distrito Federal, incluyendo disposiciones para regular las Plataformas Digitales de Servicios de Alojamiento, como Airbnb, proporcionando un marco legal para su funcionamiento.
Para supervisar esta actividad, se establecerán registros de proveedores de servicios de alojamiento y plataformas digitales dedicadas al hospedaje turístico ocasional.
Estos registros serán gestionados por la Secretaría de Turismo y la Agencia Digital de Innovación Pública de la Ciudad de México, con el objetivo de identificar a los anfitriones y plataformas tecnológicas que ofrecen servicios de alojamiento turístico esporádico.
Los proveedores de servicios de alojamiento contratados a través de plataformas digitales deberán cumplir con las obligaciones fiscales correspondientes.
El decreto busca establecer una base de datos confiable para que las autoridades supervisen la prestación del servicio y el cumplimiento fiscal.
Los anfitriones deberán inscribirse en el Registro de Anfitriones de la Ciudad de México, registrar los inmuebles disponibles para turistas y proporcionar información detallada sobre las características, precios y normas de uso de los mismos.
Además, deberán presentar informes semestrales a la Secretaría sobre la ocupación de los inmuebles.
Las plataformas digitales también deben registrarse y mantener actualizado su registro en el Padrón de Plataformas Tecnológicas, renovando cada dos años.
Además, están obligadas a informar semestralmente sobre la ocupación de los inmuebles, las noches ocupadas y las quejas recibidas.
El decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación, otorgando 180 días naturales a las autoridades para implementar los registros necesarios.
Este marco tiene como objetivo regular adecuadamente el sector de alojamiento turístico y garantizar el cumplimiento de las obligaciones fiscales.